La casación por oscuridad en la redacción del fallo se fundamenta en el artículo 523 ordinal 14° inciso 3 CPCM, que sanciona la infracción de los requisitos externos de la sentencia. Este vicio se configura cuando el pronunciamiento judicial carece de claridad, ya sea por su redacción confusa, ambigua o contradictoria, lo que impide a las partes comprender con precisión el contenido y alcance de la decisión.
La claridad del fallo es un requisito indispensable para garantizar la seguridad jurídica y el derecho de defensa. Un fallo oscuro puede originarse en errores de redacción, uso de vocablos imprecisos o contradicciones entre el fallo y los considerandos. Cuando la sentencia no permite identificar de manera sencilla si la pretensión ha sido estimada o desestimada, se incurre en una irregularidad procesal que habilita la interposición del recurso de casación.
El tribunal de casación ejerce control sobre este defecto con el fin de asegurar resoluciones claras, comprensibles y ejecutables. Si se estima el submotivo, la sentencia impugnada se casa y se ordena al tribunal de alzada reponer el proceso en legal forma. En definitiva, la casación por oscuridad en la redacción del fallo protege la coherencia del sistema judicial y refuerza el derecho fundamental a obtener decisiones motivadas y accesibles.
Este artículo forma parte del libro “NOCIONES DE CASACIÓN: Aplicación en el ámbito civil, mercantil, laboral, ambiental y de familia”, que será publicado en el año 2025 por la Universidad de El Salvador.
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