El recurso de casación en El Salvador tiene como finalidad anular resoluciones judiciales que infringen normas de derecho. Para ello, la técnica casacional exige identificar el motivo genérico, el específico, la norma infringida y el concepto de la infracción. Los motivos genéricos son dos: de fondo y de forma, según lo regulado en los artículos 522 y 523 del CPCM.
El motivo de fondo se divide en infracción de ley e infracción de doctrina legal. La infracción de ley ocurre cuando una norma se aplica de manera indebida, errónea o se deja de aplicar. En cambio, la infracción de doctrina legal surge cuando se ignora la jurisprudencia uniforme establecida por el tribunal de casación, lo que convierte esa jurisprudencia en un estándar obligatorio para los jueces.
El motivo de forma se refiere al quebrantamiento de las formas esenciales del proceso, como la falta de emplazamiento, la incompetencia del tribunal o las sentencias incongruentes. Estos vicios limitan el poder de juzgar y, al ser esenciales, justifican la anulación de la sentencia. Según el artículo 537 CPCM, si se estima el recurso por forma, se ordena la reposición del proceso; si es por fondo, además de anularse, se dicta la sentencia que legalmente corresponda.
Este artículo forma parte del libro “NOCIONES DE CASACIÓN: Aplicación en el ámbito civil, mercantil, laboral, ambiental y de familia”, que será publicado en el año 2025 por la Universidad de El Salvador.
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