La fundamentación del recurso de casación, según el artículo 528 CPCM, exige identificar la resolución impugnada, los motivos y submotivos, las normas infringidas y explicar claramente la infracción. La identificación de la resolución permite verificar la pertinencia de la impugnación, mientras que los motivos (de fondo o forma) y submotivos (como inaplicación o aplicación errónea) deben ser coherentes con el vicio denunciado. La falta de identificación expresa no justifica el rechazo si la resolución es clara en los argumentos. Esto asegura un control casacional efectivo sin excesivo formalismo.
Los motivos de fondo, como la infracción de ley, incluyen submotivos como inaplicación o aplicación indebida, mientras que los de forma abarcan el quebrantamiento de formas esenciales (art. 523 CPCM). Cada vicio requiere un motivo y submotivo armónicos, como alegar incongruencia con el artículo 218 CPCM o aplicación errónea del artículo 891 CC para errores probatorios. La coherencia interna y externa entre motivo, submotivo y norma es crucial para evitar incompatibilidades, como alegar simultáneamente inaplicación y aplicación indebida de la misma norma.
La fundamentación, o concepto de la infracción, debe explicar con precisión cómo el juez erró, contrastando su interpretación con la correcta, según el submotivo invocado. Por ejemplo, para la inaplicación del artículo 1553 CC, se debe demostrar su pertinencia y trascendencia en el fallo. Invocar submotivos incompatibles, como aplicación errónea y falta de fundamentación de una misma norma, resulta inadmisible. Esta claridad argumentativa garantiza que la casación cumpla su función de uniformar la jurisprudencia.
Este artículo forma parte del libro “NOCIONES DE CASACIÓN: Aplicación en el ámbito civil, mercantil, laboral, ambiental y de familia”, que será publicado en el año 2025 por la Universidad de El Salvador.


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