El artículo 523 ordinal 1° CPCM, establece que el recurso de casación por quebrantamiento de las formas esenciales del proceso, tendrá lugar por abuso, exceso o defecto de jurisdicción. Se trata de tres vicios de forma totalmente diferentes. En esta ocasión me ocuparé de uno, precisamente el relativo al exceso de jurisdicción.ConceptoLa jurisprudencia … [Leer más...] acerca de Exceso de Jurisdicción